Cajas fuertes para armas cortas o pistolas

La norma UNE 1143-1 establece que las cajas fuertes de Grado III deberán contar con una cerradura de tipo B conforme a la norma europea EN 1300. Y, por último, reseñar que en el ámbito de la seguridad privada hay que poner una cerradura electrónica de combinación de 1.000.000 de claves Norma 1R de la Norma ANSI/UL 768 homologación UL-VDS-SIS, además de la cerradura de llave.

 

Los grados de seguridad clase III de la norma UNE EN 1143-1 determinan la capacidad de poder superar los correspondientes ensayos de resistencia (RU: resistencia al robo resultante de un minuto de uso de una herramienta de coeficiente 1 valor de base 0).

En la Orden del Ministerio del Interior de fecha 23 de abril 1997 en la Sección Segunda apartado séptimo se refiere a los armeros instalados en los lugares que se refiere el articulo 25.1 del Reglamento de Seguridad Privada, deberán reunir las siguientes medidas de seguridad: Pasivas: mínimo grado seguridad B, según las normas UNE 108-110-87 y UNE 108-112-87, en todo su conjunto y dotado de una cerradura del grupo 1R de la norma ANSI/UL-768 un mínimo de 1.000.000 de combinaciones.

El número de armas que se podrá autorizar en la caja fuerte para arma corta será el correspondiente al volumen del armero teniendo en cuenta que el volumen medio de un arma es de 3,5 litros. Respecto a la cartuchería, cuyo almacenamiento se hará en armero independiente al de las armas, se tendrá en cuenta que, para cada 100 cartuchos se necesitan 1,5 litros de capacidad. La publicación en el Boletín Oficial del Estado número 96, de 22 de abril de1998, de la norma UNE EN 1143-1 sobre medidas de seguridad en cajas fuertes, puertas y cámaras acorazadas, ha originado la anulación, entre otras, de las normas españolas UNE 108-110-87 y UNE 108-112-87, que se tomaban como referencia para establecer las características técnicas que en relación con la seguridad deben reunir las cajas fuertes para guardar armas cortas.